La Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) denunció que los empleadores, am­parándose ilegalmente en el artículo 15 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL) que arbitrariamente faculta a los empresarios la suspensión temporal perfecta de labores (cese de la obligación de pagar la remuneración) por caso fortuito o fuerza mayor, es­tán enviando a sus casas a los trabajadores sin pago de sus remuneraciones.

La central sindical, me­diante su secretario general Gerónimo López aseveró que esta medida es ilegal debido a que el Decreto de Urgencia N°029-2020 ha suspendido la eficacia del indicado artículo 15 del TUO de la LPCL por ser una norma posterior con rango de ley, especial y de emergencia; pero, además, porque contiene disposicio­nes especiales incompatibles con el contenido del citado artículo.

“El gobierno decidió en­tonces mediante el DU que ante la fuerza mayor que significa la pandemia del COVID-19 no habría suspen­sión perfecta de labores sino; por el contrario, suspensión imperfecta de labores (licencia con goce de haber), es decir, que los empleadores deben pagar remuneraciones bajo la denominación de licencia con goce de haber”, destacó López.

Mediante DU N° 029-2020 se procedió a suspender las actividades laborales debido a la declaratoria de emergencia sanitaria frente al COVID-19 y, así mismo, se dispuso en el numeral 26.2 que los em­pleadores en los casos en los que no sea posible el trabajo remoto deberá otorgar licen­cia con goce de haber a los trabajadores; es decir, no es posible que los empleadores suspendan las actividades y tampoco pueden dejar de pagar haberes también por mandato legal.

Al respecto, el referente del gremio mariateguista se­ñaló: “Sin embargo; cediendo a las presiones de la CONFIEP y de abogados pro empresa­riales (Ver “Gestión” digital 4/04/2020), y sin consultar con los trabajadores, el go­bierno por recomendación de la Ministra de Trabajo Sylvia Cáceres estaría dando marcha atrás y ya tendría una pro­puesta de norma legal que autorizaría a las empresas a declarar la suspensión per­fecta de labores; es decir, a suspender las labores sin pago de remuneraciones lo que significaría dejar sin ingresos a los trabajadores y sus familias en plena emer­gencia sanitaria e inamovili­dad social provocada por el COVID-19”.

Asimismo, subrayó: “La mencionada norma se pro­mulgaría en un contexto en el que se ha realizado la primera sesión virtual del Consejo Nacional del Trabajo (CNT) a fin de de­batir medidas destinadas a proteger el empleo y el ingreso de los trabajadores por lo pondría en eviden­cia que solo se trataría de una convocatoria distrac­tora y en el que una vez más quedaría demostra­do que el gobierno y los sectores empresariales se unen sin el mínimo respeto al diálogo social con los trabajadores y sus representantes”.

ALGO MÁS

La CGTP emplaza al Gobierno a fin de no provocar un desborde social sin precedentes se abstenga de expedir esta medida que afectaría a miles de trabajadores y sus familias en el país.