DEMANDAMOS CONDONACIÓN DE LA DEUDA DE LOS TRABAJADORES DE RIESGO

Pronunciamiento

La Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) hace de conocimiento de todos los trabajadores que la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un derecho que tiene sus orígenes en febrero de 1924 y su objetivo fue proteger económicamente al trabajador por un período de tiempo en caso de perder su puesto de trabajo. Su contenido tuvo variaciones en el tiempo, pero el objetivo siempre fue el mismo:  compensar al trabajador por el tiempo de servicios prestados al empleador y como una protección para el trabajador y su familia frente a la pérdida del empleo, aunque nunca llegó a ser un seguro contra el desempleo, obligación aún pendiente por parte de Estado en cumplimiento del Convenio 44 de la OIT.

En la actualidad, su monto es una remuneración por año laborado; y constituye un ahorro del trabajador. Hasta la década del 90 del siglo pasado, era el empleador el que retenía la CTS, para entregarla al trabajador al finalizar la relación laboral.

En la década del 90, durante la dictadura de Fujimori, se estableció la obligación del patrón de depositarla, en forma semestral, en la cuenta bancaria que el trabajador señalara. Desde esa época, los bancos han controlado ese ahorro, pagando tasas de interés muy bajas.

La crisis económica del sistema capitalista y la pandemia COVID 19 han puesto a flor de tierra la grave desigualdad en la sociedad peruana: mientras el gobierno ha subsidiado a las empresas, a través de la banca privada, con 60 mil millones de soles provenientes de las arcas del Estado, con autorización del Banco Central de Reserva y del Ministerio de Economía y Finanzas, a una tasa de interés de 1.oo %, 1.5 % y 2.oo %; los trabajadores se han visto obligados a consumir sus gratificaciones, su CTS, sus vacaciones, sus pensiones de jubilación, en forma adelantada, para resistir la crisis y las medidas de emergencia, nacional y sanitarias, decretadas por el gobierno. Para ellos no hubo subsidios, el gran capital que controla el aparato del Estado, y su gobierno, no pensó que los trabajadores también estaban perjudicados por la crisis y necesitaban el apoyo del Estado.

El Congreso de la República, ha aprobado por insistencia, la Ley N° 31171 que autoriza el retiro del 100% de la CTS para que el trabajador pueda resistir la crisis.

En otras palabras, se ha aprobado una vez más que el trabajador se siga consumiendo los pocos ahorros que aún le quedan para resistir la crisis, mientras que los patrones son subsidiados por el Estado. No obstante, ello, se mantiene la obligación de los trabajadores de alto riesgo de pagar las horas efectivas dejadas de laborar.

En efecto, al inicio de la emergencia sanitaria, el gobierno estableció que los trabajadores calificados como trabajadores de riesgo, que no ´podían cumplir con sus labores virtualmente, debían tener suspensión de trabajo remunerado, mientras dure la crisis; y que una vez concluida esta, debían de devolver esas remuneraciones haciendo uso de sus vacaciones, gratificaciones, CTS, pensiones de jubilación, con una mayor jornada de trabajo, etc.

La deuda acumulada por esta deuda se ha tornado en impagable para un trabajador toda vez que, siendo un trabajador de riesgo, no puede trabajar más horas que las de su jornada de trabajo y todos los beneficios que gozaba ya los han consumido por autorización expresa del gobierno. En otras palabras, todos sus ahorros ya han sido consumido y humanamente, no puede trabajar más tiempo que el de su jornada de trabajo.

Ante esta situación, que ha sido creada por un sistema económico neoliberal que ha profundizado la desigualdad de clases en el sistema económico y social, es justo que la deuda que se origina por la suspensión de labores con goce de remuneración sea condonada, en su totalidad; no debiendo los patrones acosar al trabajador de riesgo para su pago. El trabajador de riesgo no puede ni debe ser abandonado por el Estado.

Lima, 10 de mayo 2021

CONSEJO NACIONAL CGTP

GERONIMO LOPEZ SEVILLANO

Secretario General