CGTP DENUNCIA QUE EL MINISTERIO DE TRABAJO DESACTIVÓ EQUIPO ESPECIAL ENCARGADO DE
DEFENDER EL D.S.001-2022-TR

LA DESICIÓN FAVORECE A EMPRESAS EXPLOTADORAS QUE ABUSAN DE LA TERCERIZACIÓN.

La Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, se dirige a la opinión pública nacional e internacional para denunciar que el equipo especial de la Procuraduría Pública del Ministerio y Promoción del Empleo a cargo de la defensa de la legalidad y constitucionalidad del Decreto Supremo Nº001-2022-TR sobre tercerización laboral y del Decreto Supremo Nº014-2022-TR sobre relaciones colectivas de trabajo, ha sido desactivado de manera fáctica. Al respecto, manifestamos lo siguiente:

La Defensa Jurídica del Estado es una función de particular relevancia dentro del Estado Constitucional de Derecho, más aún si se trata de defender normas jurídicas que garantizan el respeto de la dignidad de las y las trabajadores.

El uso indiscriminado y abusivo de la tercerización laboral en nuestro país ha tenido efectos negativos incluso en las actividades principales de las empresas, abriendo la puerta al fraude de ley y la posibilidad de vaciar de contenido la figura del empleador. Además, trajo consigo grandes afectaciones a los derechos invidividuales y colectivos de las y los trabajadores, como son: las enormes brechas salariales entre los trabajadores tercerizados respecto de lo que ganan los trabajadores de las empresas principales, la baja tasa de afiliación sindical, el uso desmedido de los contratos temporales que son usados como mecanismos discursivos de la posibilidad de afiliarse a un sindicato, entre otros. Por ello, era un imperativo jurídico y moral restringirla y limitarla de forma razonable allí donde es más peligrosa: en las actividades principales.

Cabe recordar también que la Constitución es clara en garantizar el fomento de la negociación colectiva, el respeto y garantía de la libertad sindical y el respeto a la dignidad de los y las trabajadores, lo que no puede ser desconocido en ninguna relación de trabajo, incluidas las relaciones de trabajo en el marco de contrataciones indirectas como es el caso de la tercerización. Así mismo, recordemos que estas formas de contratación indirecta son excepcionales, siendo la regla general la contratación directa.

En esa línea, los Decretos Supremos N° 001-2022-TR y 014-2022-TR representan garantías explícitas para la protección de los derechos de los trabajadores en las empresas tercerizadoras, y sobre todo de su dignidad, así como la protección de la libertad sindical y el fomento de la negociación colectiva, respectivamente.

El Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a pesar de tener claros deberes de garantizar una adecuada defensa de los intereses del Estado y de las normas expedidas para garantizar los derechos de las y los trabajadores de nuestro país ha omitido cumplirlos, toda vez que el equipo de profesionales del MTPE a cargo de la defensa de la legalidad y constitucionalidad de las normas antes señaladas, ha sido en la práctica desactivado.

Esta omisión es grave pues demuestra un incumplimiento claro de sus compromisos no solo legales y constitucionales -cabe recordar que la defensa de la Constitución es un deber de todo funcionario público- sino también de sus compromisos políticos asumidos con la clase trabajadora.

En esta coyuntura, y estando cerca el Día del Trabajo, las organizaciones de trabajadores debemos hacer respetar nuestros derechos constitucionales y exigir a las autoridades políticas -incluido por supuesto el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo- el cumplimiento de sus deberes de defensa de la Constitución y de los derechos fundamentales de la clase trabajadora.

Así también, La CGTP convoca a todas sus bases sindicales a movilizarse este 1° de mayo: Día Internacional de las y los Trabajadores, cuya concentración será en la Plaza Dos de Mayo, a las 9:00 a. m.

Lima, 22 de abril de 2023

CONSEJO NACIONAL