IMPONER AL CIUDADANO PAGAR MEDICAMENTOS CAROS NO ES GARANTIZAR EL ACCESO A LA SALUD PÚBLICA
Para nadie es un secreto que en nuestro país muchos de los bienes y servicios esenciales para la población están bajo el dominio de oligopolios de todo tipo. Muestra de ello son sectores tales como el de alimentos, el de productos lácteos, el farmacéutico, la banca y el servicio de telecomunicaciones. Como no es de extrañar, en un mercado concentrado, la “libre competencia” es solo una ilusión, por lo que al no existir competidores o existiendo débiles competidores en el mercado, los precios de los bienes y servicios se incrementan afectando a la población en general y especialmente a la de menores ingresos.
Uno de estos sectores altamente concentrado es el de la cadena de boticas y farmacias, que está dominado por grupos económicos que dominan la producción, distribución y comercialización de los productos farmacéuticos, quienes finalmente imponen sus precios en el mercado en perjuicio de los consumidores, limitando seriamente sus posibilidades de acceso a insumos y medicamentos necesarios para la recuperación de la salud. Esta situación se agrava aún más porque, pese a la existencia de la obligación que tienen las cadenas de farmacias de vender medicamentos genéricos, no lo hacen, imponiendo el consumo de medicamentos de “marca”, cuyos precios superan ampliamente al de los genéricos aun cuando tienen el mismo principio activo y son igual de beneficiosos para la recuperación de la salud de las personas.
Las medidas desde el Estado para enfrentar este problema han sido “tibias”, estableciendo una lista de medicamentos genéricos que deben ser expendidas por las boticas y farmacias, pero que en la realidad no se cumplían o se cumplían de manera limitada, por falta de control y de información a la población sobre los efectos positivos de los medicamentos genéricos, pero, sobre todo, por la posición de dominio que tienen estas empresas en el mercado.
Por ello, las medidas a adoptar para que los medicamentos genéricos lleguen a la población no pasan solo por restablecer la vigencia de la norma, que obligaba a su expendio de manera limitada y que, como se ha señalado, no se cumplía, sino que debe significar terminar con la posición de dominio del oligopolio farmacéutico, a lo que se oponen sectores interesados con el pretexto de que no se debe afectar la “libertad de empresa, comercio e industria” y que el “Estado no debe intervenir” en el mercado.
Sobre el particular, es necesario precisar que si bien la Constitución Política del Perú dispone que el “Estado estimula… y garantiza la libertad de empresa, comercio e industria”, estas libertades no son absolutas, pues la misma Constitución dispone que “el ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud” de las personas, y que el “Estado facilita y vigila la libre competencia” y que “combate toda forma que la limite y el abuso de las posiciones dominantes o monopólicas”. También que “el Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios” y que “vela, en particular, por la salud… de la población” y, además, lo que es muy importante, que la “defensa de la persona humana y el respeto de sus dignidades son el fin supremo de la sociedad y del Estado”, que toda persona tiene derecho a “la vida, a su integridad moral, psíquica y física” y a la “protección de la salud”.
Lima, 14 de marzo de 2024
POR EL CONSEJO NACIONAL