La Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), se dirige a la opinión pública para manifestar lo siguiente:
1. A propósito del Decreto Supremo Nº 001-2022-TR, expedido por el Poder Ejecutivo y el MTPE en el ámbito de sus competencias constitucionales, legales y funcionales y que pone límites al uso abusivo e ilegal de los servicios de tercerización, los gremios empresariales, encabezados por la CONFIEP, expresión gremial de los grupos de poder económico en nuestro país, acostumbrados a los Gobiernos funcionales a sus intereses corporativos y con quienes siempre desarrollaron una relación colusiva que les ha permitido acumular riqueza a expensas de la fuerza de trabajo y de los derechos laborales sin el más mínimo respeto por la institucionalidad y la legalidad, “exigen” ahora “respetar la institucionalidad y la legalidad” que nunca respetaron.

2. Efectivamente, bastaría recordar cómo pasaron por encima de la institucionalidad y la legalidad respaldando y sosteniendo a la dictadura de los 90 con la que cogobernaron y les concedía todo lo que querían; también podemos recordar, la actividades delictivas del llamado Club de la Construcción conformados por gremios afiliados a la CONFIEP o, como lo informara en su oportunidad Ojo Público, que la Fiscalía señaló a la CONFIEP como intermediaria en el lavado de dinero destinados por la corrupta Odebrecht a políticos y funcionarios a su servicio; o, quizá, también recordar los decretos leyes y reglamentos en materia laboral impuestos por la dictadura y elaborados por los “juristas” a sueldo de los “grandes estudios jurídicos” que rotaban en el Ministerio de Trabajo; o, algo más reciente como cuando, habiéndose acordado en el Consejo Nacional del Trabajo el debate de la Política Nacional de Competitividad y Productividad, recibieron con gran satisfacción la expedición por parte del Gobierno de entonces, sin diálogo social, del D.S Nº 345-2018-EF.

3. A juzgar por los antecedentes, no son pues precisamente los gremios empresariales como la CONFIEP, los que gozan de la solvencia democrática y ética para “exigir” lo que nunca han practicado ni practican como son el respeto a la institucionalidad y la legalidad, peor aun cuando entienden por “institucionalidad y legalidad” la satisfacción de sus intereses corporativos puramente egoístas que minan las bases de una sociedad democrática y solidaria.

4. Por el contrario, hemos sido los trabajadores y trabajadoras los que siempre hemos batallado de manera activa en defensa de nuestros derechos y los valores democráticos que son los de toda la sociedad; somos los que hemos batallado en defensa de la institucionalidad y la legalidad enfrentando sin tregua a la dictadura de los 90 y a la corrupción; hemos promovido y exigido un verdadero diálogo social que, más allá de compromisos puramente declarativos, los gremios empresariales como la CONFIEP, los gobiernos y funcionarios que le han sido funcionales se han coludido para hacerlo ilusorio, actuando al margen y en contra del diálogo social, imponiendo sus políticas y normativas

La CONFIEP, no tiene pues reparo en recurrir a la manipulación y la mentira al señalar que es una “medida ilegal” y que no “respeta el diálogo y la concertación”.

5. La CONFIEP, cual repentina e improvisada “defensora” del “derecho a contar con un trabajo” y haciendo gala de una “lógica” tramposa clama por la supuesta pérdida de puestos de “trabajo formales para 200,000 personas”; pero, si ello fuera cierto, entonces estamos ante un tácito reconocimiento de que han venido burlando la ley y lo seguirán haciendo; en efecto, si las “contratistas” despiden trabajadores es por que responden a los mandatos de las empresas principales y son meras fachadas de estas para eludir derechos laborales.

6. Asimismo, nadie en su sano juicio puede creer que si la empresa principal necesita de verdad de la “actividad especializada u obra” prescinda de las contratistas y sus trabajadores, salvo que una vez más se trate de una mera fachada para que la principal eluda sus responsabilidades laborales. No está de más recordarles que, conforme al artículo 168 del Código Penal, constituye una modalidad del delito de violación de la libertad de trabajo “al que disminuye o distorsiona la producción, simula causales para el cierre del centro de trabajo o abandona éste para extinguir las relaciones laborales”
7. La CGTP reitera a los trabajadores y trabajadoras del país y a sus bases sindicales a estar alertas y movilizarse para la defensa activa de nuestros derechos y frenar las nefastas intenciones del lobismo y la corrupción.

Lima, 27 de agosto de 2022

POR EL CONSEJO NACIONAL

GERÓNIMO LÓPEZ SEVILLANO
Secretario General