Gerónimo López calificó estas disposiciones como “grave atentado a la Libertad Sindical” que vulnera una vez más el artículo 28 de la Constitución, así como el Convenio 98 de la OIT, pues los trabajadores no pueden ser objeto de sanciones por ejercer su derecho a la negociación colectiva y menos aún si son impuestas por […]
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